El poder legislativo en Costa Rica es ejercido por una única cámara, la Asamblea Legislativa, formada por 57 diputados o legisladores que son elegidos para períodos de cuatro años y que no pueden ser reelectos de forma sucesiva.
El poder judicial en Costa Rica reside en la Corte Suprema de Justicia, integrada por 22 magistrados designados por la Asamblea Legislativa para un periodo de ocho años, y que pueden ser reelegidos con carácter indefinido. No existe pena capital. Además de los tres poderes mencionados, la estructura interna del Estado reconoce otros dos órganos constitucionales que gozan de independencia: el Tribunal Supremo de Elecciones, que es el encargado de organizar, dirigir y vigilar todos los actos relativos al sufragio, y que está integrado por magistrados elegidos por la Corte Suprema de Justicia para cubrir periodos de seis años; y la Contraloría General de la República, que ejerce la vigilancia suprema de la Hacienda Pública con total independencia funcional.
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